SUTOSS, a través de su secretario general, Pedro H. Cruz Romero, informa a los compañeros y compañeras que tengan hijos e hijas de entre 45 días y tres años de edad sobre el beneficio de reintegro por gastos de guardería o cuidado de personas durante la jornada laboral.
Según lo informado, en el marco del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, la Empresa reconocerá hasta el 40 % del sueldo de la empleada doméstica, o el mismo valor en caso de abonar una guardería registrada.
El beneficio consiste en una suma dineraria no remunerativa destinada al reintegro de gastos de cuidado debidamente documentados.
Presentación de la documentación
Los trabajadores y trabajadoras tienen tiempo hasta el día 15 para presentar en las oficinas de Recursos Humanos la fotocopia de la factura que ya abonaron y solicitar el reintegro correspondiente.
Para obtener más información sobre el beneficio y su tramitación, pueden consultar en las oficinas de RRHH.
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